Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el abogado Marcos Javier Barrera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.699, actuando en su carácter de apoderado judicial del JOSÉ ARTURO VIDAL MANOTAS, identificado con el registro de información fiscal (R.I.F) Nro. V-12879806-0, contra los actos administrativos contenidos en la Decisión Administrativa distinguida con letras y números SNAT/INA/GAP/MAR/AAJ/2014/1654 del 8 de abril de 2014 emitida por el Gerente de la Aduana Principal de Maracaibo por órgano del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT y el Acta de Reconocimiento signada con las letras y números SNAT/INA/GAP/MAR/DO/UTR/AR/2013/C-310-1 del 6 de marzo de 2013 emitida por el funcionario reconocedor Alejandro A. Esis Hernández, titular de la cédula de identidad Nro. 14.448.569, adscrito a la prenombrada Aduana, que determinó el incumplimiento por parte del consignata.....