Por las razones expuestas, en el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente CHAAR & CHAAR, SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 22 de septiembre de 2011, bajo el Nro. 54, tomo 66-A y en el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J- 317592727, contra la Respuesta a la Consulta signada con letras y números SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2013/4189-0091 de fecha 6 de enero de 2014 emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos Gerencia de Doctrina y Asesoría, de la División de Doctrina Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que se sustancia bajo el expediente Nro. 1598-14; este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el mencionado Recurso Contencioso Tributario; y en consecuencia:.....