Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en el Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la Republica en contra de la contribuyente GENERAL DE ALIMENTOS NISA, C.A., DECLARA:
1.- LA FALTA DE JURISDICCION en la presente causa, contentiva de Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) incoado por la abogada Nivia Bracho Lugo, portadora de la cédula de identidad No. 7.889.982, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 41.029, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando como apoderada sustituta de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela (Por órgano de la Aduana Principal de Maracaibo) contra la contribuyente GENERAL DE ALIMENTOS NISA, C.A. (GENICA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03 de febrero de 1.....