Previo a resolver la solicitud de homologación de la transacción realizada en la presente causa, y con el propósito de dar seguridad jurídica al proceso, el Tribunal acuerda requerirle a la parte actora que en un plazo de tres (3) días de despacho, consigne autorización para transigir en el proceso, conforme lo previsto en el artículo 157 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en concordancia con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil.