DECLARA:
1.- HOMOLOGA y da por consumado el desistimiento del presente recurso, formulado por la abogada Beatrice Molina, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio GINETTE IMPORT, C.A y le da el carácter de COSA JUZGADA al expresado desistimiento.
2.- Notifíquese de esta resolución a la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2008.
3.- No hay condenatoria en COSTAS en razón de la naturaleza de la decisión.