PRIMERO: NIEGA LA HOMOLOGACIÓN DE LA TRANSACCIÓN celebrada en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano ELÍAS FRANCISCO MENDOZA MARQUEZ contra la sociedad mercantil TUNAS CONSTRUCTIONS & CORPORATIONS, C.A., antes identificados.
SEGUNDO: VERIFICADO el pago efectuado por la sociedad mercantil TUNAS CONSTRUCTIONS & CORPORATIONS, C.A., al ciudadano ELÍAS FRANCISCO MENDOZA MARQUEZ, con el fin de llegar a un arreglo en el presente juicio; TERMINADO el presente proceso y en consecuencia el ARCHIVO del expediente, todo ello en virtud de haber sido recibido a la entera satisfacción del demandante la cantidad ofrecida por la demandada, en el acto de autocomposición procesal efectuado en fecha 16 de noviembre de 2009, para dar por finalizado el presente asunto.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
CUARTO: Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República de lo aquí de.....