PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la abogada en ejercicio MARIANELA MORALES, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano ERWIN DUNO, desistiendo del procedimiento que inició esta causa solo por lo que respecta a la empresa Co-demandada ATLANTIDA INTERNACIONAL, COMPAÑÍA ANONIMA, por motivo de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, por lo que el procedimiento continuará para empresa CONSOPCA.-
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa Juzgado al presente juicio, solo por lo que respecta a la co-demandada ATLANTIDA INTERNACIONAL, COMPAÑÍA ANONIMA.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se.....