DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abogado JOAQUIN PORTILLO RIVAS, con el carácter de Defensor de la ciudadana YELITZA DOLIA GARCIA HERNANDEZ, en contra de la decisión de fecha 20 de Octubre de 2003, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, y por vía de consecuencia, CONFIRMA la decisión de fecha veinte (20) de Octubre de 2003, dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de la ciudadana YELITZA DOLIA GARCÍA HERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES CAL.....