INADMISIBLE el recurso de revisión, interpuesto por la penada CARMEN EDITH TORREN DE NAVA, Titular de la cédula de identidad No. 16.187.057, quien fuera condenada mediante sentencia No.078-14, de fecha 21.10.14, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a sufrir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ILÍCITAS Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en virtud que dicha impugnación no se subsume en los supuestos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el último aparte del artículo 466 .....