DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara; PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JUVENAL QUIVAS TUDARES, asistido por el Abogado en ejercicio Dr. MARCOS SALAZAR HUERTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 5802; SEGUNDO: REVOCA la decisión N° 2C-S-025-06 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en fecha 12 de Febrero de 2006; TERCERO: ORDENA al Tribunal recurrido realizar la entrega plena del vehículo que posee las siguientes características Marca: Mack, Color: Azul, placas 928-VAT, Serial de Carrocería: B42XV23499, Serial del Motor: EN402L0N22 , Año: 1965, Tipo: Volteo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Pro.....