ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, efectuado por el profesional del derecho HEBERTO ROMERO inscrito en el inpreabogado bajo el N° 152.231, actuando con el carácter de defensor del ciudadano ÓSCAR JOSÉ FARIA REDONDO, titular de la cédula de identidad N° V.-27.153.275, el cual se ha realizado tal como lo exige la norma contenida en el artículo 431 de la Norma Penal Adjetiva, siendo presentado en fecha 08 de noviembre de 2017 desistiendo del recurso de apelación de autos ejercido contra la decisión N° 985-17 de fecha 06 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del estado Zulia, mediante la cual el Tribunal de instancia, entre otros pronunciamientos, decretó la aprehensión en flagrancia a tenor del artículo 44 de la Carta Magna, asimismo acordó la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, 237 y 238 del Código Orgánico.....