DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana abogada ZAYDA VILLASMIL DE GARCIA, en su carácter de Jueza Séptima de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se inhibe de conocer la causa signada con el N° 7M-011-05, seguida en contra de los acusados Juan Carlos Antunez Contreras, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado en Grado de Frustración y Porte Ilícito de Arma de Fuego, y Darwin Atencio, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración, cometidos en perjuicio de la ciudadana Damaris Beatriz Manotas; de conformidad con lo establecido en el artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal.