DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JORGE LINARES BRACHO, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAUL JESUS PERDOMO, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 3842-08, dictada en fecha 23-10-08, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual negó la entrega del vehiculo que posee las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: C-10, CLASE: CAMIONETA, TIPO: PICK UP, COLOR: AZUL, SERIAL DE CARROCERÍA: CCY14EV201767, SERIAL DEL MOTOR: K1203TWF, PLACAS: 280KAP, USO: CARGA, AÑO: 1975, al ciudadano antes mencionado.
Regístrese, Publíquese y Remítase.
LA JUEZA PRESIDENTA,
LUISA ROJAS GONZÁLEZ
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