PRIMERO: RESUELTA la solicitud de aclaratoria presentada por el profesional del
derecho JOHAN GALINDEZ, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano
JOSÉ FRANCISCO GALINDEZ MOGOLLON, con ocasión a la decisión N° 370-21 dictada
por esta Sala en fecha veintinueve (29) de noviembre de 2021.
SEGUNDO: REVOCA la decisión N° 370-21 dictada por esta Sala en fecha veintinueve
(29) de noviembre de 2021, mediante la cual se declara, de conformidad con lo
establecido en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal,
INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por el
profesional del derecho JOHAN GALINDEZ, actuando con el carácter de defensor privado
del ciudadano JOSÉ FRANCISCO GALINDEZ MOGOLLON, dirigido a impugnar la
decisión N° 3C-476-2021 dictada en fecha primero (01) de noviembre de 2021, por el
Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial
Penal del estado Zulia, extensión Cabimas.
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