En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: ÚNICO: INADMISIBLE las denuncias del recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho YENNY RANGEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 164.944, actuando como defensora privada de los ciudadanos CARLOS ALBERTO RIVAS PAREDES Y CARLOS LUIS NAVA LEAL, titulares de las cédulas de identidad No. V-13.966.453 y V-13.401.545, respectivamente, contra la decisión No. 1C-1469-2016, de fecha 08.09.2016, emitida por el Juzgado Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual, el tribunal de instancia al culminar la audiencia preliminar, acordó: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 44° del Ministerio Público, en contra de los.....