DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana RUTH DORIS MORENO NUÑEZ, asistida por el abogado en ejercicio BILLY GASCA; SEGUNDO: confirma la decisión N° 1.596-03 de fecha 18 de diciembre de 2004, dictada por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, donde se niega la solicitud de la recurrente para que le sea entregado un vehículo con las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, AÑO: 2000, MARCA: CHEVROLET, MODELO: ESTEEM, SERIAL DEL MOTOR: YV368984, SERIAL DE CARROCERÍA: 8Z1CR5169YV368984, TIPO: SEDAN, COLOR: MARRÓN.
Publíquese, Regístrese.
EL JUEZ PRESIDENTE,