Por los fundamentos expuestos, esta Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de Autos presentado por la profesional del derecho ELIETH MATA GARCÍA, Defensora Pública Penal Octava adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, extensión Cabimas, en su carácter de defensora del ciudadano acusado RAFAEL JOSÉ SANQUIZ VÁSQUEZ, plenamente identificado en actas.
SEGUNDO: REVOCA la decisión No. 1J-211-12, de fecha 03 de agosto de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas.
TERCERO: ORDENA el CESE DE LAS MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a favor del acusado RAFAEL JOSÉ SANQUIZ VASQUÉZ, a quien se le instruye la causa por la presunta comisión de los d.....