Por los fundamentos expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los imputados ISRAEL JOSÉ MENDOZA HERNANDEZ y JONATHAN JOSÉ MENDOZA RODRIGUEZ, asistidos por el Profesional del derecho JORGE ISAAC MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 117.830.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada de fecha 26 de marzo de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Santa Bárbara, mediante la cual una vez celebrada la Audiencia Preliminar, admitió totalmente la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de los antes referidos imputados, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, pr.....