Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por WILFREDO SÁNCHEZ FERNÁNDEZ, portado de la cédula de identidad N° 5.176.803, asistido por el Abogado ÁNGEL IVÁN QUINTERO RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 85.281; contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 24 de Abril de 2006, según resolución N° 1511-06. SEGUNDO: SE DEJA EN TODA SU VIGENCIA LA ENTREGA EN PLENA PROPIEDAD, el vehículo identificado en actas; y TERCERO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 24 de Septiembre de 2006, según resolución N° 1154-04.