DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala Número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ELIZABETH BARRIOS PAREDES, Fiscal Octava Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 22 de mayo de 2008, según decisión N° 2786-08, y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida, con la corrección indicada en la motiva, referente a que el ciudadano de autos debe ser conducido al despacho de la Fiscal Octavo del Ministerio Público, y no al Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjes.....