DISPOSITIVA
Por los fundamentos de Derecho antes expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación de autos, interpuesto por el profesional del derecho JESUS FEREIRA VILLEGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 60.609, en su carácter de defensor del ciudadano, DONIS ALFONSO YEPES, titular de la cedula de identidad E- 83.172.080, contra la decisión de fecha 25-05-2018, dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad.
SEGUNDO: ADMITE la contestación presentada por la representación de la Fiscalía Décimo Novena (19°) del Ministerio Publico, al recurso de apelación contra la decis.....