Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE el Recurso de Apelación presentado por los abogados en ejercicio FREDDY URBINA y NELLY ZAMBRANO, inscritos en el Inpreabogado con los N° 37.871 y 29.750, respectivamente, actuando con el carácter de defensores privados de los acusados JORGE LUIS GONZÁLEZ GONZÁLEZ, CARLOS EDUARDO RUIZ PATERNINA, ESTHER MARÍA MEDELLÍN BALTAZAR y MARÍA CHIQUINQUIRÁ LUENGO MEDINA, contra la Decisión N° 2C-1422-08, dictada en fecha quince (15) de Julio de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó entre otros pronunciamientos, la admisibilidad de la acusación fiscal presentada por la Fiscalía Cuadragésima Sexta del Ministerio Público, en contra de los r.....