INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho NILSON VERGARA ABREU y JOSE EDUARDO ALBURGUES, en su carácter de defensores privados de los ciudadano ANTONIO JOSE MILLANO GONZALEZ, portador de la cédula de identidad N° 16.365.911, NESTOR LUIS BRAVO PEREZ portador de la cédula de identidad N° 14.863.390, CARLOS LUIS CHIRINOS portador de la cédula de identidad N° 13.930.265, JOHEL DAVID LOAIZA CONTRERAS portador de la cédula de identidad N° 15.464.772 y HENDRICK ENRIQUE PARRANAVARRO portador de la cédula de identidad N° 14.895.713, contra la decisión N° 514 de fecha 16 de Julio del 2019, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; todo de conformidad con lo dispuesto en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 440 y 442 ejusdem.