Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del estado Zulia, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por los abogados en ejercicio MARIO ALBERTO QUIJADA RINCÓN y EDUARDO ASTERIO DOMÍNGUEZ SOTO, en su condición de defensores privados del ciudadano ANDY JOSÉ SOSA GUEDEZ, portador de la cédula de identidad N° 17.854.122.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia N° 03-2013, de fecha 22.02.2013, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, la cual condenó al referido ciudadano a cumplir la pena de catorce (14) años de prisión, por la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concord.....