DISPOSITIVA
Por los fundamentos y razones antes expuestos, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del Derecho abogada GLORIA RAMIREZ DIAZ, actuando con el carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial con sede en Cabimas, contra el auto de fecha once de enero de 2006, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia-Extensión Cabimas; mediante el cual decretó, por vía de solicitud de revisión de medidas, providencias cautelares asegurativas de libertad a los referidos imputados y en consecuencia, se revoca la decisión impugnada manteniendo la Privación Judicial Preventiva de Libertad inicialmente decretada y a tales efectos se ordena al Tribunal de la recurrida, proveer lo necesari.....