PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por los profesionales del derecho JULIO JOSÉ CARRERO JIMENEZ y JESÚS ALBERTO CARRERO OQUENDO, en su carácter de Defensores del ciudadano JOSÉ ABRAHAM MATOS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.005.507; contra de la Decisión Nro. 552-19, dictada en fecha 07 de diciembre de 2019, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Funcional Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión recurrida, declarándose improcedente la petición de nulidad del procedimiento y de las actas policiales, así como la solicitud de la libertad plena e inmediata, planteada por los recurrentes a favor de su representado.