PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ENRIQUE GALEA BRACHO, en su carácter de defensor del acusado RENZO JOSÉ MENDOZA CHIRINOS, portador de la cédula de identidad N° 20.455.222, en contra la decisión Nº 10J-093-2018, de fecha 04 de Diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada, al evidenciar esta Alzada, que el fallo no conculca lo establecido en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni menos aún omite alguna norma establecida en la legislación positiva.
TERCERO: Se insta al Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, a los fines que realice todos los trámites necesarios, con el objeto de APERTURAR el juicio oral y público, al justiciable acusado RENZO JOSÉ MENDOZA CHIRINOS.