Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA PRIMERA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto en su oportunidad por la profesional del derecho MARIA T. ARRIETA, quien fue defensora de los ciudadanos JOSE ALEJANDRO LEON ZAMBRANO, y YELIS CAROLINA MONTIEL MORALES, en contra la decisión Nº 313-20, dictada en fecha 02 de octubre de 2020, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal.