En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la abogada DAISY TRONCONE DE RATINO, Defensora Pública Décima Tercera Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora de los ciudadanos OSWALDO ANTONIO MOLERO VILLALBA, Indocumentado, y ENDRY JOSÉ LEIDENZ SUÁREZ, portador de la cédula de identidad Nº V-23.452.228, contra la decisión Nº 283-13, de fecha veinticinco (25) de Marzo de 2013, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra de los prenombrados ciudadanos, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO EN CALIDAD DE COA.....