PRIMERO: ADMISIBLE la incidencia de inhibición interpuesta por la profesional del derecho ANGELICA MARÍA ALVAREZ SIERRA, en su carácter de Jueza Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia (S), en la causa signada con el N° 10J-748-20, seguida en contra del ciudadano DANNY JOSÉ MONTERO MARTÍNEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana GENESIS MARIELIS SOTO ROSARIO; de conformidad con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, invocando como causal la contenida en el artículo 89 ordinal 7° ejusdem.
SEGUNDO: Se acoge al lapso establecido en el artículo 99 del Código Orgánico Procesal Penal, para el dictamen de la decisión correspondiente.