En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de la decisión Nro. 672-05, de fecha 30 de marzo de 2005; dictada en la causa 5C-2149-05, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, dictada al termino de la Audiencia de Presentación; así como de todas y cada una de las actuaciones que cursan en la referida causa penal iniciada en contra del ciudadano Nilsón Segundo Barbosa Uribe, por cuanto la decisión recurrida así como las actuaciones que reposan en la referida causa, se levantaron en franca y abierta violación de los derechos a la libertad personal, la defensa, así como de las garantías que con.....