PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho FRANKLIN ANTONIO VARGAS VARGAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 124.181, en su condición de defensor privado de los ciudadanos LUIS ENRIQUE CABRITA ROMERO, y JHONATAN DAVID ROMERO.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No. 2C-117-2015, de fecha 17.02.2015, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los mencionados imputados, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del adolescente quien en vida respondiera al nombre de ANTONY EDUARD QUIRTON .....