IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Revisión interpuesto por la Dra. RUBIS GOMEZ VIVAS, Juez Quinto de Primera Instancia en funciones de Ejecución, en contra de la sentencia condenatoria Nro. 042, dictada en fecha quince (15) de Noviembre de 1996, por el Juzgado Primero Accidental del Juzgado Superior Octavo de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; mediante la cual se condenó a EVELIO ANTONIO RIVERO, cédula de identidad N° 12.450.345, a cumplir la pena de VEINTE (20) DE PRESIDIO, mas las penas accesorias, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN EL CURSO DE LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1, del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido.....