PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho LICET REYES BARRANCO, Defensora Pública Provisoria Vigésima Quinta (25º) Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su carácter de defensora de los imputados, JUNIOR ENRIQUE SANCHEZ BAQUERO, RENY JESUS RINCON GONZALEZ Y JAIRO MANUIEL DIAZ MORALES.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión Nº 355-2019, de fecha 04 de septiembre de 2019, emanada del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual la medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de los mencionados imputados, por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357, tercer aparte, del Código Penal Venezolano, y adicionalmente para el ciudadano JUNIOR ENRIQUE ARAQUE SANCHEZ BAQUERO el delito de USO DE FACSIMIL DEARMA DE FUEGO, previsto y san.....