Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara, PRIMERO: ACUERDA LA LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA EL DÍA SÁBADO 01-05-2010, a favor del penado LENIN JESUS HELLBURG GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 17.325.329, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 25-12-1982, de 27 años de edad, hijo de Esmelis González y padre desconocido, residenciado en Sector Valle Frio, callejón Puerto Blanco, calle 83 B, casa N° 83 B-92, al fondo de la sede judicial, Maracaibo-estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, quien actualmente se encuentra recluido en la Cárcel.....