Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA EL TRASLADO de la penada MAYRA ALEJANDRA VILLASMIL CASANOVA, portadora de la Cédula de Identidad Nº 14.529.527, a la Penitenciaria General de Venezuela, en San Juan de los Morros, Estado Guarico, por las razones explanadas anteriormente.-
Ofíciese al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, remitiendo copia certificada de la decisión y Líbrense Boletas de Notificación a la ciudadana FISCAL VIGÉSIMA SÉPTIMA DEL MINISTERIO PUBLICO Y A LA DEFENSA.-