EL TRIBUNAL ACORDÓ REVOCAR EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado RICARDO JOSE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, Titular de la Cedula de Identidad N° 23.449.702, Venezolano, soltero, Obrero, hijo de José Olegario González y Rosa de González, residenciado en el Barrio Cujicito, calle 35, N° 38-90, Municipio Maracaibo, Estado Zulia; quien fue condenado en fecha 17-09-2007, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio de JOHAN RAFAEL NAVA DÍAZ; en virtud del incumplimiento de las obligaciones que como penado tiene en la presente causa el ciudadano RICARDO JOSE GONZÁLEZ GONZÁLEZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° 23.449.702, quedando entendido que este se encuentra .....