El Tribunal OTORGO EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado EUDY ENRIQUE IBARRA PARDO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 22.072.925, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 24-12-1985, de 24 años de edad, hijo de Reinaldo Ibarra y Lucy Pardo, con residenciado en: Barrio Silvestre Manzanilla, calle 95 C, casa N° 60-215, cerca del Abasto el Campeón, Maracaibo-Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Décimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más la accesorias de Ley, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO; de conformidad con el artículo 493 de la ley de reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal de fecha 04-09-09, en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 eiusdem, fijándole un régimen de prueba por el plazo de.....