Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Priemra Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y de Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA a favor del ciudadano penado ALEXIS JOSE PEREZ ARROYO, Natural de la República de Colombia, de fecha de nacimiento 07-02-54, de 55 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 25.053.043, estado civil soltero, profesión u oficio Latonero Automotriz, hijo de Digna Arroyo y Manuel Pérez, residenciado en la calle 70, casa No. 12-107, Sector 12 de Octubre, a dos cuadras de la Agencia Maralandia, teléfono 0414-6447586, a quien se le sigue la presente causa signada con el N° 6E-656-08, por haber sido condenado en fecha 03-07-2008, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado.....