DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado WILMER JOSE MONTILLA titular de la Cédula de Identidad No. 6.500.606, Venezolano, NATURAL DE Maracaibo fecha de nacimiento 14-10-62, de 46 años de edad, soltero, hijo de Adelso Parra y Filomena Montilla años de edad, soltero, residenciado en Santa Rosa de Agua, en la Gallera Monumental, teléfono, 0414-1335852, Municipio Maracaibo Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se le impone un lapso de Régimen de Prueba, de lapso de UN (01 AÑO a partir de la presente fecha, hasta el día 11-05-2010, así como las siguientes obligaciones: Prohibición de salir del Estado Zulia y del País. No cambi.....