DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA SOLICITADA (DESTACAMENTO DE TRABAJO) al penado DEIVIS WILLIAM CUEVAS GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.450.029, Venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 10/01/1989, con domicilio en el Barrio El Silencio Av. 49F, No. 163-82, a una cuadra de la Panadería El Silencio, Municipio San Francisco Estado Zulia, actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, quienes fueron condenados a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el 80 ambos del Código Penal, en razón del pronostico Desfavorable, contenido en el Informe Técnico em.....