DISPOSITIVA
Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, principal y la sujeción, por cumplimiento de la misma a favor de el penado ORLANDO JOSE RAMIREZ titular de la cédula de identidad N° 7.708.208 de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, de mayor de edad, comerciante, hijo de Orlando 0lano y de Elvira Ramírez, domiciliado en Haticos por arriba, avenida 92 casa 52-62, sector El Potente, Maracaibo, pasa en Autoridad de Cosa Juzgada la presente causa, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el Numeral 1 del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente Resolución, Ofíciese a la Cárcel Nacional de Maracaib.....