Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la INMEDIATA LIBERTAD del penado LUIS CARLOS CABELLO HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. 11.390.77, venezolano, natural de Maracaibo, de 29 años de edad, fecha de nacimiento 12-10-1980, de profesión u oficios albañil, residenciado en el sector verita, calle 86ª, avenida 9, casa N° 9-09, diagonal al edificio los Villalobos, Municipio Maracaibo Estado Zulia, en virtud de que la penada de marras cumplió su pena principal así como la sujeción de la Vigilancia, y en consecuencia se libro oficio al ciudadano Director del Centro de Arrestos y Detenciones El Marite, remitiendo Copia Certificada de la presente Decisión. Se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Cien.....