El Penado HUGO JACOBO RODRIGUEZ FLORES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 12.868.456; fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS, OCHO (08) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley; por la comisión del delito de POSESIÒN ILÌCITA DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley sobre Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO DIA y por tanto, este Juzgado de Ejecución pasa a computar el tiempo de Detención que sufrió el penado durante el proceso, conforme a lo establecido en el artículo 484 en su último aparte en concordancia con el artículo 482 Ejusdem, y se evidencia que el mencionado penado. Consta en actas que el nombrado penado fue detenido por primera vez en fecha 14-10-03 hasta el día 18-03-04, tenia una pena cumplida de SIETE (07) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, posteriormente el citado penado ingresa nuevamente a la Cárcel Nacional de Maracaibo (SEGUNDO INGRESO) y tiene cumpli.....