En tal sentido, se observa que el penado, HERMOCARTES RAMIREZ VILLAMIL, cumplirá la pena principal que le fue impuesta el 29-05-2019.
Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena, que equivale a tres años y nueve meses, 29-02-2008, para optar a la forma alternativa de cumplimiento de pena de Destacamento de Trabajo.
Cumplió Una Tercera (1/3) parte de la pena, que equivale a cinco años, el 29-05-2009, para optar al Beneficio de Régimen Abierto.
Cumplirá las Dos Terceras (2/3) partes de la pena, que equivale a diez años, el 29-05-2014, para optar al Beneficio de Libertad Condicional,
Cumplirá las Tres Cuartas (3/4) partes de la pena, esto es once años y tres meses, el día 29-08-2015, para optar al Beneficio de Confinamiento.
Y cumplirá la Sujeción a la Vigilancia de por parte de la Autoridad, por una cuarta 1/4 parte del tiempo de la pena, es decir, por el lapso de tres años y nueve meses, desde que esta termine, el día 29-02-2023. Y ASI SE DECIDE.
Regístrese la presente decisió.....