Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA la medida de LIBERTAD CONDICIONAL, de manera excepcional a favor del penado ORLANDO ALFREDO MARTÍNEZ FEREIRA, quién es portador de la Cédula de Identidad N° E-1.698.696, de nacionalidad Colombiana, de 70 años de edad, soltero, hijo de MANUEL MARTÍNEZ y PETRONILA FEREIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Orgánico Procesal penal en concordancia con el artículo 48 del Código Penal.- En consecuencia, se ordena librar la correspondiente BOLETA DE EXCARCELACIÓN a favor del penado de autos, y ofíciese con copia de la presente decisión a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario para la designación del Delegado de Prueba que supervisará la medida acordada y al Consulado General Colombiano. Regístrese y Notifíquese la presente decisió.....