Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, CONCEDE el Beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la Penada SANDRA MARGARITA ORTEGA ARTEAGA, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.531.132, venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 04-07-53, mayor de edad, estado civil Divorciada, residenciada en el Barrio Panamericano, Calle 72, N° 69-204, a una cuadra del INCE construcción, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, Notifíquese a las partes de lo antes resuelto. Ofíciese a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Zulia, a los fines de designar el Delegado de Prueba para la supervisión de las obligaciones impuestas por este Tr.....