Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO a la Penada LUZ MARINA FERRER NOGUERA, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 28-05-85, de profesión u oficio Ama de Casa, titular de la cedula de identidad N° V-17.834.510, hija de EUDO FERRER PELEI y de YOLANDA NOGUERA SARMIENTO, residenciada en la Concepción, Avenida Principal, del Estado Zulia, fue condenada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de los ciudadanos FRANCISCO.....