Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA, en relación al penado JUAN CARLOS JAIMES ANDRADES, Venezolano, Natural de Valera, Estado Trujillo, Estado Civil soltero, de 27 años de edad, hijo de María de Jesús Andrades y Félix Eduardo Jaime, titular de la cedula de identidad N° 14.460.859, domiciliado en el barrio 11 de febrero, cerca del puente Socorro, frente al nuevo terminal, sector Cañada Honda, de esta ciudad y Estado; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Quedando Sujeto a la Vigilancia hasta el día 19-05-2005; Y ASÍ SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.----------------------------------------------------------------------------------.....