Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DEL ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en razón de la EXTINCIÓN LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por Muerte del Acusado PEDRO ANTONIO GONZALEZ RAMIREZ, apodado "AZABACHE", de nacionalidad venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, de 21 años de edad, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la Finca Santa María, ubicada al final del camellón denominado Ultimo Tiro, vía que conduce a Puerto Concha, Sector Janeiro, Municipio Colón, Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 322º del Código Orgánico Procesal.....